En la sesión de este jueves en la Legislatura porteña se aprobó un proyecto de declaración de Gustavo Vera donde se expresa la “profunda preocupación ante la falta de reglamentación de la Ley N° 26.842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas (Modificatoria de la Ley N°26.364), ya que obstaculiza su efectiva aplicación, y reclama que el Poder Ejecutivo Nacional tome las medidas necesarias para subsanar esta situación“, añade el texto votado por 40 legisladores porteños.
La iniciativa del diputado Vera fue acompañada por los bloques PRO, Coalición Cívica, los radicales de Suma+, Confianza Pública de Graciela Ocaña y la izquierda.
Al momento de la votación y argumentando a favor del Gobierno Nacional se abstuvieron los bloques Frente para la Victoria (Gabriela Alegre, Jorge Aragón, Gabriel Kuks, Juan Carlos Dante Gullo, María Rosa Muiños, Claudia Neira, Paula Penacca, Lorena Pokoik, María Rachid y Jorge Taiana), el ibarrismo (Aníbal Ibarra y Susana Rinaldi), Nuevo Encuentro (José Campagnoli, Gabriela Cerruti y Edgardo Form), Seamos Libres (Pablo Ferreyra) y Sindical Peronista (Claudio Palmeyro).
En diciembre de 2012 la Cámara de Diputados de la Nación sancionó la Ley N° 26.842, modificatoria de la N° 26.364 de “Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas“.
En la nueva ley crea un Comité Ejecutivo que debe ejecutar las políticas diseñadas por el Consejo Federal, que lo integra no solo el Ejecutivo Nacional sino diputados, senadores, Corte Suprema, Ministerio Público Fiscal, las provincias y las ong’s. Esto lo señala el artículo 7 de la ley y por ello la Fundación Alameda inició un amparo judicial contra el Gobierno Nacional.
Lo positivo de la Ley de Trata es que reemplazó algunos artículos de la normativa sancionada en 2008 que es la eliminación del consentimiento como causa de eximición de la pena y ordenó al Estado una detallada asistencia a las víctimas. También contempla una pena de prisión de cuatro a seis años “para quien explotare económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, aunque mediare el consentimiento de la víctima“. El castigo se eleva de diez a quince años en caso de que la víctima sea menor de 18 años.
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BUENAS PRÁCTICAS: LEGISLADORES SOLICITAN REGLAMENTACIÓN URGENTE DE LA LEY DE TRATA