Denuncia penal a Natacha Jaitt

Hoy martes 3 de Abril, a las 9:00 hs, el titular de la Alameda, Gustavo Vera, presenta ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal una querella criminal por calumnias e injurias contra Natacha Jaitt  por sus mentiras en el programa de Mirtha Legrand.

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PROMUEVE QUERELLA.

  1. JUEZ:

GUSTAVO JAVIER VERA, titular del D.N.I. Nº16.952.954, con domicilio en la calle Directorio 3998 de esta ciudad, con el patrocinio letrado del Dr. Andrés D. Popritkin, inscripto en el Tº107, Fº905 del C.P.A.C.F., constituyendo domicilio en la calle Monroe 2630, piso 8, oficina “B” de la ciudad de Buenos Aires, y electrónico 20289372033, respetuosamente comparezco y a V.S. digo:

I – OBJETO.-

Que vengo a promover querella criminal por los delitos de calumnias e injurias (artículos 109 y 110 del Código Penal de la Nación) contra Natacha Jaitt, con domicilio real en la calle Caracas 4518 de la ciudad de Buenos Aires, con motivo de las reiteradas expresiones falsas y agraviantes contra mi persona.-

Asimismo, en los términos de los artículos 82 y 83 del Código Procesal Penal de la Nación vengo a solicitar se me tenga por parte querellante.-

II – HECHOS.-

El pasado sábado 31 de marzo en ocasión de participar del programa televisivo “La noche de Mirtha”, emitido por el canal 13, la Sra. Natacha Jaitt dolosamente descargó una andanada de calumnias e injurias contra mi persona (si bien sus dichos incluyeron a otras varias, la naturaleza individual de esta acción hará que me refiera exclusivamente a sus expresiones en cuanto a mí se refirieron).-

Concretamente, expresó en relación a mi persona “que es pedófilo y es trata”, “que baja prostíbulos y se los queda el ilegalmente”, “sos una enferma serial igual que Gustavo Vera” (dichos referidos a la periodista Mercedes Ninci, quien compartía la mesa con la nombrada Natacha Jaitt), “prostitutas de la calle y lamentablemente de departamentos tuvieron que soportar vejaciones, abusos sexuales de poder del señor Vera”, “el supuestamente despegaba los papelitos de ellas pero pegaba los suyos, se apropió de La Alameda, se apropió de prostíbulos, apretó a camareras, varios lugares para quedarse con ellos”.-

Tales afirmaciones las hizo mientras discutía con la periodista Mercedes Ninci, quien recordaba la trayectoria de la ONG La Alameda en la lucha contra la trata de personas, rebatiendo las falsas acusaciones. El contrapunto hizo que la querellada dirigiese su difamación también a la periodista a quien la espeto: “¿Vos también practicas la pedofilia con Vera? Vos sos cómplice de la pedofilia”.

Las expresiones difamatorias se produjeron mientras Natacha Jaitt decía haber sido contratada por una empresa, la cual no nombro, para hacer una investigación sobre mi persona: “el primer caso que me dan a investigar es el de tu amigo ¿Qué hago? Filmaciones, logística, un año de seguirlo”.-

Tales calumnias e injurias constan en el video que se acompaña y que también puede ser consultado en muchas páginas de internet:

https://radiomitre.cienradios.com/tiembla-papa-francisco-gustavo-vera-pedofilo-denuncio-natacha-jaitt/

http://chipiona.org/2018/04/02/jaitt-tir-contra-todos-abusos-en-independiente/

https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2018-4-1-1-22-43-gravisima-acusacion-de-natacha-jaitt-contra-gustavo-vera

https://www.diariopopular.com.ar/espectaculos/natacha-jaitt-abrumo-mercedes-ninci-y-mirtha-se-puso-nerviosa-n348457

https://www.infobae.com/teleshow/2018/04/01/el-tenso-cruce-entre-mercedes-ninci-y-natacha-jaitt-en-la-mesa-de-mirtha-legrand/

https://www.filo.news/actualidad/Natacha-Jaitt-revelo-nombres-de-famosos-involucrados-a-la-pedofilia-20180331-0036.html

https://www.dobleamarilla.com.ar/superliga/natacha-jaitt-senalo-a-mas-personas-en-el-escandalo-por-la-red-de-trata_a5ac153a4ef76540f2867b48c

Como se observa de la gravedad de la ofensa, esta reúne todos los elementos normativos con lo que nuestro Código Penal castiga la falsa imputación de un delito concreto y circunstanciado que dé lugar a la acción pública (la trata de personas, la explotación de la prostitución ajena, son delitos de acción pública) y las injurias contra el honor de una persona (llamarlo pedófilo).-

El lugar donde se formuló fue conscientemente escogido por la masividad de su audiencia. Este obrar a conciencia quedó evidenciado a través de los apuntes que la querellada llevó consigo al programa como ayuda memoria, en relación a los agravios que estaba llamada a realizar en la plataforma televisiva.-

El dolo es evidente ya que la autora comprendía la potencialidad lesiva de las expresiones utilizadas y precisamente por ello las formuló –animus injuriandi–. Sabía lo que decía y era parte de un plan previamente concebido. No hay duda, entonces, de que se tenía conocimiento de que las expresiones vertidas eran ofensivas, importando ello el dolo necesario como elemento integrante del tipo subjetivo de la conducta juzgada. (CNCRIM Sala IV (Correc.) – Barbarosch, Navarro, Escobar – (Correc. “H”, Sec. 57) C. 43.870, MONFARDINI, Norma I. Rta: 27/7/94.-).-

También sabía, pues es de dominio público, el cese de mis funciones de funcionario público y que la intención era agraviar y lesionar mi honor de manera ostensible. Como es sabido el honor, como bien jurídico que la ley penal protege, no es objeto de prueba: su existencia se presume como inherente a la personalidad de todos los seres humanos.-

III – LA LIBERTAD DE OPINION Y SUS LÍMITES.-

Como ex legislador comprendo bien que la libertad de expresión es un derecho imprescindible y fundamental para la subsistencia de la sociedad democrática. Sin embargo, aquella posee el límite que encuentran todos los actos humanos en una sociedad civilizada y este es el derecho de terceros. Cuando los dichos no solo resultan inexactos y afectan el honor de un tercero, sino que fueron dolosamente proferidos para calumniar e injuriar –como en este caso– no existen razones constitucionales para librar de responsabilidad al autor de aquella.-

Los artículos 109 y 110 del Código Penal de la Nación preservan el honor de los particulares contra estos ataques inspirados en un fin criminal.-

IV – LAS PRUEBAS.-

Con miras a la acreditación de los extremos invocados en la presente acusación, se ofrecen y adjuntan las siguientes pruebas:

  • Videos del referido programa televisivo.-
  • Se le reciba declaración testimonial a la periodista Mercedes Ninci.-
  • Se le reciba declaración testimonial al periodista Alejandro Fantino, para que deponga en relación a sus manifestaciones radiales del 2 de abril del corriente año.-

V – PETITORIO.-

Por lo expuesto, a V.S. solicito:

  1. Tenga por interpuesta la querella criminal por el delito de calumnias (Art. 109 del C.P.) e injurias (Art. 110 del C.P.) contra Natacha Jaitt.-
  2. Me tenga por parte querellante y constituido el domicilio procesal.-
  3. Se reserve la documentación acompañada.-
  4. Se practique las medidas probatorias ofrecidas.-
  5. Tenga por formulada acusación contra la querellada y oportunamente la condene al máximo de pena prevista.-

PROVEER DE CONFORMIDAD.-

SERÁ JUSTICIA.-

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