La reciente serie argentina “En el barro”, éxito inmediato en Netflix y heredera de la estética cruda de El Marginal, puso en el centro de la escena un drama que nuestro país arrastra hace décadas: la compraventa de bebés y niños en circuitos clandestinos donde participan funcionarios, médicos, intermediarios y policías corruptos. Aunque la trama se presenta como ficción, el trasfondo es demasiado real. En la Argentina no existe aún una figura penal específica que sancione la compra y venta de niños como delito de trata de personas.
Esta ausencia normativa no es un olvido casual: es una deuda internacional, una omisión legislativa deliberada y un síntoma de connivencia estructural. El mercado clandestino de niños persiste porque no hay voluntad política de tocar intereses enquistados.
1. Una obligación incumplida desde 2012
En el caso Fornerón vs. Argentina (2012), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado argentino por permitir la entrega irregular de una niña recién nacida. La sentencia fue contundente: la compraventa de niños constituye una forma de trata de personas, aun cuando no exista explotación laboral o sexual posterior. El delito radica en la cosificación y mercantilización del niño, en reducirlo a mercancía intercambiable.
En 2018, la misma Corte, en el caso Ramírez Escobar vs. Guatemala, reiteró que la adopción ilegal con intercambio de dinero es trata, aunque no derive en explotación ulterior.
Desde entonces, Argentina debió adecuar su Código Penal. Han pasado 13 años y el Estado no lo ha hecho. La mora no es inocente: implica desacato a la CIDH y una violación sistemática de la Convención de los Derechos del Niño.
2. El pantano legislativo: 60 proyectos archivados
En el Congreso de la Nación se presentaron más de 60 proyectos sobre el tema desde 2012. Todos terminaron archivados, demorados en comisiones o diluidos en negociaciones estériles. A esta altura no parece casualidad…
La inercia tiene consecuencias: mientras la ley se queda en un limbo, las redes de adopciones ilegales, tráfico de bebés y compraventa de niños operan con márgenes amplios de impunidad. El contraste es escandaloso: en la Argentina se penaliza la venta de drogas, pero no la de seres humanos en su etapa más vulnerable.
3. Niños desaparecidos: la realidad que grita
Según Missing Children Argentina, desde su creación en 1999 se recibieron 18.465 denuncias de menores desaparecidos, con un 95 % de resolución positiva. Sin embargo, la magnitud del problema es persistente:
• En 2025 la organización recibe seis denuncias diarias en promedio.
• En abril de este año, 42 búsquedas seguían activas en el país.
• El Registro Nacional de Menores Extraviados contabilizaba en 2024 1.777 búsquedas activas, de las cuales 115 correspondían a niños (el resto ya alcanzó la mayoría de edad sin ser encontrados).
Los casos resonantes muestran la crudeza de este drama:
• Sofía Herrera, desaparecida en 2008 en Tierra del Fuego, símbolo de la lucha interminable de sus padres.
• Guadalupe Lucero, vista por última vez en 2021 en San Luis, aún desaparecida en medio de sospechas sobre redes criminales.
• Loan Peña, de 5 años, desaparecido en Corrientes en 2024, expuso complicidades políticas, policiales y judiciales que refuerzan la hipótesis de trata infantil.
Cada niño desaparecido no es un número: es un rostro, una familia, una herida abierta que desnuda las grietas de un Estado ausente.
4. El espejismo del “Proyecto Losada”
La media sanción del Senado al proyecto impulsado por Carolina Losada y Eduardo Vischi aparenta ser una respuesta, pero en realidad es una trampa legislativa: ubica la compraventa de niños en el artículo 139 del Código Penal, es decir, como un delito contra el estado civil.
Esto supone reducir la gravedad del hecho a una cuestión meramente identitaria; omitir la condición de trata, que implica violación de la libertad y dignidad humana y fijar penas bajas y abrir huecos legales que permiten operaciones “gratuitas” o intermediarios disfrazados de “altruistas”.
En otras palabras: el proyecto legitima, bajo maquillaje jurídico, la continuidad del mercado clandestino de niños.
5. La media sanción en el Senado: lo que pasó realmente
El proyecto aprobado es efectivamente el impulsado por Losada, con apoyo transversal. La Cámara alta lo votó por unanimidad (63 votos a favor) y contempló:
• Una modificación al artículo 139 bis, tipificando la entrega y recepción de menores, aun con promesa o contraprestación.
• La incorporación de un artículo 139 ter, con penas de 5 a 15 años para quienes faciliten o intermedien.
• Agravantes especiales para funcionarios y profesionales, con inhabilitación, suspensión de la prescripción mientras la víctima sea menor y competencia federal para estas causas.
Sin embargo, la inclusión de una exención de pena para progenitores “vulnerables o ignorantes” desató críticas. El texto fue devuelto a comisión para su revisión, por lo que nunca llegó a Diputados.
Hoy, como los más de 60 proyectos anteriores, duerme en el Senado, sin completar su trámite parlamentario, una vez apagada la atención mediática de los casos Loan y Liam.
6. El “Proyecto Gutiérrez”: adecuación a estándares internacionales
En Diputados, el proyecto 3012-D-2024 de Ramiro Gutiérrez propone tipificar la compraventa de niños en el artículo 145 del Código Penal, dentro de los delitos de trata de personas.
Las fortalezas fortalezas de esta iniciativa legislativa residen en que:
• Reconoce la compraventa como forma autónoma de trata.
• Eleva las penas hasta 12 años en casos agravados.
• Cumple con la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo de Palermo.
• Da respuesta al fallo Fornerón vs. Argentina y al seguimiento de la CIDH.
Es la única iniciativa que cierra el vacío legal y coloca a la Argentina en la senda del cumplimiento internacional.
7. Retrocesos adicionales: terreno fértil para las redes
La omisión legislativa se complementa con retrocesos recientes como la subrogación de vientres sin regulación: otra forma de cosificación de mujeres y niños; y el DNU 70/2023, que flexibilizó controles fronterizos al eximir a empresas de transporte de exigir documentación para menores, facilitando traslados ilegales.
Estas grietas legales alimentan los circuitos criminales: desde la “oferta” (mujeres en situación de vulnerabilidad) hasta la “demanda” (mercado de adopciones ilegales, tráfico de órganos y material genético).
8. Tres caminos, una deuda
Argentina enfrenta una encrucijada:
1. Proyecto Losada: maquillar el problema y perpetuar la impunidad.
2. Proyecto Gutiérrez: enfrentar la compraventa de niños como trata de personas.
3. El eterno archivo: seguir incumpliendo la sentencia de la CIDH y la deuda con las víctimas.
Trece años de demora ya constituyen una vergüenza internacional. Cada día sin ley es un día más de impunidad para quienes mercantilizan la vida humana. No se trata de tecnicismos jurídicos: se trata de la libertad, la identidad y la dignidad de los niños, que hoy siguen siendo tratados como cosas en un mercado clandestino. La serie que están viendo hoy miles de argentinos esta lejos de ser una ficción. Y la realidad supera con creces esa ficción.
Trece años de demora y una trampa legislativa: la compraventa de niños aún no es delito de trata en la Argentina
