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La Alameda respalda dos proyectos de ley para fortalecer la lucha contra la trata y la explotación sexual

ByLa Alameda

Oct 1, 2026


La Fundación Alameda expresa su respaldo a las iniciativas impulsadas por las diputadas Carolina Basualdo y Alejandra Torres para reforzar la legislación contra la trata, aumentar las herramientas para perseguir a las redes criminales y avanzar en la erradicación de los establecimientos de explotación sexual.

La lucha contra la trata de personas y la explotación sexual necesita una política integral. No alcanza con perseguir a las redes cuando el delito ya se produjo ni con actuar únicamente sobre sus responsables directos. También es necesario cerrar los espacios donde la explotación puede desarrollarse, impedir que las estructuras criminales se beneficien de la permisividad institucional y fortalecer las herramientas del Estado para proteger a las víctimas.

En ese sentido, la Fundación Alameda expresa su respaldo a dos proyectos de ley presentados por las diputadas Carolina Basualdo y Alejandra Torres, que abordan distintas dimensiones de un mismo problema.

El primero —Proyecto 4949-D-2026— propone modificar el régimen penal de la trata de personas para aumentar las penas y reforzar la respuesta frente a sus distintas modalidades. El segundo —Proyecto 4948-D-2026— establece un marco nacional para prohibir los establecimientos de explotación sexual, disponer su clausura y promover que las provincias adopten normas similares.

Se trata de dos iniciativas que, desde instrumentos diferentes, apuntan a un mismo objetivo: reducir los espacios de impunidad en los que prosperan las redes de explotación y colocar en el centro de la política pública la protección de las víctimas.

Un proyecto para fortalecer las penas contra la trata

El Proyecto 4949-D-2026 aborda el problema desde el ámbito penal. Su objetivo es endurecer las consecuencias jurídicas para quienes participan en las distintas modalidades de trata de personas, modificando las escalas penales previstas actualmente para estos delitos.

La iniciativa contempla un aumento de las penas para las conductas vinculadas con la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, y busca que la respuesta penal tenga en cuenta la gravedad de las distintas formas que puede adoptar la trata.

El proyecto también apunta a reforzar la respuesta frente a aquellas situaciones en las que existen circunstancias que incrementan la gravedad del delito, como determinadas condiciones de vulnerabilidad de las víctimas, la participación organizada de varias personas o el aprovechamiento de determinadas relaciones de poder.

La importancia de esta iniciativa radica en que la trata no constituye un único comportamiento delictivo. Es una cadena de acciones destinada a someter a una persona a diferentes formas de explotación. La respuesta penal, por lo tanto, debe alcanzar a quienes intervienen en esa cadena y contemplar la gravedad específica de las circunstancias en las que se produce la explotación.

Para la Fundación Alameda, fortalecer las penas debe formar parte de una estrategia más amplia. La sanción penal es necesaria, pero por sí sola no desarticula una red de trata. Debe estar acompañada por investigación patrimonial, persecución de las estructuras económicas, protección de las víctimas, prevención y clausura de los espacios utilizados para la explotación.

En ese sentido, el 4949-D-2026 y el 4948-D-2026 actúan sobre dos dimensiones diferentes pero complementarias: uno busca fortalecer la respuesta penal frente a quienes cometen el delito; el otro busca impedir que existan establecimientos donde la explotación pueda desarrollarse y generar condiciones para su prevención y clausura.

No alcanza con castigar: hay que cerrar los lugares donde se explota

El Proyecto 4948-D-2026 parte de una realidad que la experiencia de la lucha contra la trata ha demostrado durante décadas: los prostíbulos y establecimientos de explotación sexual muchas veces funcionan bajo denominaciones aparentemente legales o mediante habilitaciones administrativas que terminan encubriendo la actividad.

Por eso la iniciativa propone prohibir, en jurisdicción federal, la instalación, funcionamiento, regenteo, administración, promoción y explotación de establecimientos como whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, casas de tolerancia, saunas y casas de masajes con oferta sexual, agencias de acompañantes y locales de alterne.

La prohibición también alcanza a inmuebles utilizados como fachada o soporte de la explotación sexual.

La importancia de esta disposición está en que no se limita a perseguir penalmente a quienes explotan. Busca impedir que exista la infraestructura material y administrativa que permite que esas redes funcionen.

El proyecto establece además que los establecimientos detectados deberán ser clausurados de manera total y definitiva en jurisdicción federal, dentro de las 48 horas de constatada la infracción.

Y establece un principio fundamental: ningún organismo estatal debería habilitar aquello que la legislación prohíbe. Por eso también impide otorgar o renovar habilitaciones y establece la nulidad absoluta de los actos administrativos que permitan su funcionamiento.

El Estado no puede prohibir con una mano y habilitar con la otra

Para la Fundación Alameda, este aspecto resulta especialmente significativo.

Durante décadas, establecimientos de explotación sexual pudieron funcionar bajo distintas denominaciones y, en algunos casos, amparados por ordenanzas, habilitaciones o mecanismos administrativos locales.

Los fundamentos del proyecto señalan precisamente que la Ley 12.331, vigente desde 1936, prohibió las casas donde se ejerciera la prostitución, pero que esa prohibición fue vulnerada mediante distintas formas de habilitación y denominaciones administrativas.El proyecto busca cerrar esa brecha.

Y existe un antecedente concreto que demuestra que es posible avanzar en esa dirección.

El antecedente de la Ciudad de Buenos Aires

El 29 de septiembre de 2016, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley N° 5639, impulsada por el entonces legislador Gustavo Vera, del bloque Bien Común. La norma obtuvo 41 votos a favor y modificó el Código de Habilitaciones de la Ciudad.

La Ley 5639 derogó las figuras de los establecimientos Clase A y eliminó las categorías de “coperas” y “alternadoras”, utilizadas históricamente como denominaciones bajo las cuales podían funcionar establecimientos vinculados con la explotación sexual.

La norma también estableció la caducidad definitiva de las habilitaciones de aquellos establecimientos donde se promoviera, facilitara, desarrollara u obtuviera provecho de cualquier forma de explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, así como en aquellos donde se verificaran situaciones de trata de personas.

Aquel antecedente tiene particular importancia porque demuestra que la lucha contra la trata también puede librarse desde el propio régimen de habilitaciones. No se trata solamente de perseguir penalmente a quienes explotan, sino de impedir que determinadas categorías administrativas, denominaciones comerciales o habilitaciones puedan funcionar como cobertura para la explotación.

La experiencia de 2016 en la Ciudad de Buenos Aires constituye así un antecedente concreto de una política que busca cerrar las puertas administrativas a los establecimientos de explotación sexual.

Por eso, la iniciativa de Basualdo y Torres retoma una dimensión que para la Alameda resulta central: el Estado no puede prohibir la explotación sexual y, al mismo tiempo, mantener mecanismos administrativos que permitan que los establecimientos donde esa explotación puede desarrollarse continúen funcionando bajo otras denominaciones.

Por eso dispone también que las actividades prohibidas no puedan continuar generando recursos tributarios para el Estado y propone derogar los tributos que las graven en las jurisdicciones que adhieran.

Las víctimas primero

Otro aspecto central de la iniciativa es que una clausura no puede convertirse en una nueva vulneración de derechos.

El proyecto establece que las personas encontradas en esos establecimientos deben ser protegidas y que, cuando no puedan acreditar identidad y domicilio o existan indicios de vulnerabilidad, deberán ser presumidas víctimas de trata hasta que su situación sea determinada por las autoridades competentes.

La asistencia debe articularse con las herramientas ya existentes que el gobierno anterior las aplicaba, pero el actual las ignora casi en su totalidad : alojamiento, atención psicológica, médica y jurídica, apoyo económico de emergencia, reinserción social y laboral, regularización migratoria y documentación.

Este punto es esencial: clausurar un prostíbulo no significa simplemente cerrar una puerta. Significa abrir una puerta de salida para quienes pudieron haber sido captados, explotados o sometidos por una red de trata para que puedan reconstruir un proyecto de vida.

La trata también se combate en el territorio digital

El proyecto incorpora además una dimensión que resulta cada vez más importante: la captación a través de internet y las redes sociales.

La iniciativa propone fortalecer dentro de la Educación Sexual Integral los contenidos relacionados con la trata, las falsas ofertas laborales, la utilización de plataformas de mensajería, el grooming y los mecanismos de prevención. También establece la elaboración de materiales específicos sobre captación digital.

La Línea 145 deberá ser difundida en los procedimientos de clausura y en las campañas institucionales vinculadas con la ley. El gobierno actual no hace campañas masivas de difusión de la linea 145 como si las hacia la gestión anterior.

La prevención, entonces, deja de ser una cuestión secundaria y pasa a formar parte de una política integral que contempla captación, explotación, asistencia, prevención y persecución de las redes.

Un estándar nacional frente a un problema que no reconoce fronteras provinciales

Uno de los problemas que intenta resolver el proyecto es la existencia de legislaciones diferentes entre las provincias.

Algunas jurisdicciones ya prohibieron los establecimientos de explotación sexual, mientras otras todavía no cuentan con una legislación equivalente. Los fundamentos advierten que esa heterogeneidad puede favorecer el desplazamiento de las redes hacia los lugares donde encuentran menores controles.

Por razones constitucionales, el proyecto no impone directamente esa legislación a las provincias. Establece una prohibición en jurisdicción federal y las invita a adherir.

Las provincias que adhieran deberán avanzar en la prohibición y clausura de estos establecimientos, eliminar la normativa tributaria que grave esas actividades, fortalecer sus organismos contra la trata e incorporar la prevención de la captación digital.

De esta manera, se busca construir un estándar nacional mínimo, evitando que la lucha contra la trata dependa de la provincia en la que opere una determinada red.

Una política integral contra las redes de explotación

La Fundación Alameda considera que estos proyectos deben ser analizados como parte de una política integral.

La persecución penal de los tratantes es indispensable. Pero también lo es impedir que las redes dispongan de establecimientos donde explotar personas, evitar la complicidad o permisividad administrativa, proteger a las víctimas, investigar el dinero proveniente de la explotación, prevenir la captación y fortalecer las instituciones encargadas de combatir la trata.

El Proyecto 4949-D-2026 apunta a fortalecer la respuesta penal frente a las distintas modalidades de la trata, mientras que el Proyecto 4948-D-2026 aborda el problema desde otro ángulo: impedir que existan establecimientos que puedan funcionar como ámbitos de explotación sexual y establecer mecanismos de clausura, prevención y asistencia.

El propio proyecto reconoce que no pretende reemplazar el sistema creado por la Ley 26.842 ni duplicar las funciones de la PROTEX, el Comité Ejecutivo o el Consejo Federal. Por el contrario, busca complementarlos con una herramienta específica: prohibir y clausurar los establecimientos donde la explotación sexual puede desarrollarse.

Por eso, desde la Fundación Alameda respaldamos las iniciativas de las diputadas Carolina Basualdo y Alejandra Torres.

Porque combatir la trata significa perseguir a quienes explotan, pero también cerrar los lugares donde se explota, impedir la cobertura institucional, proteger a las víctimas y prevenir las nuevas formas de captación.

La experiencia de la Ciudad de Buenos Aires demuestra que esta dimensión no es nueva: en 2016, la Ley 5639 permitió avanzar sobre las categorías de habilitación que podían servir de cobertura a establecimientos vinculados con la explotación sexual.

La lucha contra la trata no puede reducirse a una respuesta penal aislada. Requiere una política de Estado sostenida que ataque simultáneamente a las redes criminales, sus estructuras económicas, sus mecanismos de captación y los espacios que permiten su funcionamiento.

Ese es el desafío: que ningún establecimiento pueda convertirse en refugio de la explotación y que ninguna víctima quede sola frente a las redes que la someten.

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