Por el amparo del legislador porteño de Bien Común, Gustavo Vera, que acompañaron vecinos y el club Social y Deportivo Camioneros, el juez suspendió la obra llamada “Zona Calma” que se quería instalar en el barrio de Villa Real, en la Comuna 10, sin audiencia pública y sin estudio de impacto ambiental. Un negociado de 14 millones de pesos que perjudicaba al vecindario en beneficio de privados.
El titular del Juzgado Contencioso, Administrativo y Tributario número 10, Aurelio Ammirato, suspendió la ejecución de Zona Calma, encabezada por el Gobierno porteño de Horacio Rodríguez Larreta.
El argumento del PRO para la obra es la reducción de velocidad, cuando por el contrario en Villa Real no es zona de accidentes reiterados, además no realizó el gobierno la audiencia pública y ni siquiera presentaron estudio de impacto de ambiental.
El magistrado Ammirato afirmó que el Ejecutivo de la Ciudad, en poder de Horacio Rodríguez Larreta, no presentó en la justicia “los permisos ambientales correspondientes que son otorgados por la Agencia de Protección Ambiental”.
Este fallo le otorga la razón al legislador Vera, los vecinos y el Club Camioneros respecto a que la obra “Zona Calma, no contaba con el certificado de aptitud ambiental que se requiere en este tipo de obras”.
De esta manera, quedó demostrado que la gestión de Rodríguez Larreta viola la ley para iniciar obras inconsultas y hace uso del espacio público para negociados que favorecen solo a las empresas constructoras.
“Zona Calma” consta de una reducción de velocidad obligatoria para todos los casos no advirtiendo la necesidad de diferencia para casos de emergencias de salud, por seguridad o por incendios que ameriten superar los límites de velocidad”, hizo notar al respecto.
Según el pliego de condiciones particulares de la obra, se desarrollará entre las calles Ramón Lista, Juan E. Martínez, Nogoyá e Irigoyen. Con distintas intervenciones urbanas se busca “alertar al conductor del ingreso a la zona 30, donde la velocidad máxima será de 30km/h en lugar de 40, y reordenar el tránsito de camiones; incorporación de 1.362 m2 de suelo absorbente”.
En su fallo el juez dice: “En mérito de las consideraciones vertidas, doctrina y jurisprudencia citadas; RESUELVO: Suspender —con carácter precautelar y en el estado en que actualmente se encuentre— la ejecución del proyecto denominado “ ZONA CALMA – VILLA REAL”, que se desarrollaría en el barrio de Villa Real, entre las calles Ramón Lisa, Juan E. Martínez, Nogoyá e Irigoyen, de esta ciudad, hasta tanto la parte demandada acredite en estos actuados haber dado cabal cumplimiento a las previsiones de los arts. 8, y cctes., la ley 123 (cfr. supra, consid. III).”