Por Rodolfo Yanzon | publicado en Página 12
El pasado 6 de junio se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 496/24 bajo el título “Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo”, firmado por Milei, Guillermo Francos y Mariano Cúneo Libarona, modificando el 918/2012 sobre congelamiento de bienes vinculados a actos terroristas.
Por Decreto 489/2019 –de Macri y Patricia Bullrich, entre otros- se creó el Registro de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo (Repet), bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para inscribir a aquellos incluidos en los listados del Consejo de Seguridad de la ONU y a quienes estuvieran imputados por delito cometido con finalidad terrorista. Hasta el presente se incluyeron a quienes se los relacionaron con Talibanes, Al Qaeda y Hezbollah.
En los considerandos del nuevo decreto el Gobierno hace referencia al terrorismo internacional y a “los sucesos ocurridos recientemente en el Estado de Israel” que “obligan a tomar medidas que contribuyan a la paz y a la estabilidad internacional” (Benjamin Netanyahu debería ser el primer incluido en el Repet, sino fuera por el disciplinamiento de Milei a EEUU e Israel). Lo novedoso es que faculta al Ministerio de Seguridad y al de Relaciones Exteriores y Culto para incluir personas y organizaciones en el Repet, que implicará el congelamiento de sus bienes y la persecución penal.
El concepto de terrorismo -utilizado sobre todo por dictaduras para perseguir a quienes cuestionan el orden establecido y a la disidencia política- fue incorporado a nuestra legislación en 2007 (artículo 213 ter del Código Penal) con la siguiente redacción: “el que tomare parte en una asociación ilícita cuyo propósito sea aterrorizar a la población u obligar al gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, con el fin de propagar odio étnico, religioso o político y se organizare en redes internacionales”.
Ese artículo fue derogado por la ley 26.374 de 2011 que quitó los elementos esenciales del odio y el vínculo internacional e incluyó el artículo 41 quinquies para aumentar las penas de los delitos cuando se cometan con el fin de aterrorizar a la población.
En su último párrafo establece que el agravante no se aplicará cuando los hechos tuvieran lugar durante el ejercicio de derechos humanos o constitucionales, cuestión que queda a discreción de jueces y fiscales.
En marzo de este año el artículo 41 quinquies fue modificado por la ley 27.739 para agregar los delitos previstos en leyes especiales o en convenciones internacionales vigentes ratificadas por la Argentina.
Intentar que las autoridades públicas realicen un acto o se abstengan de hacerlo hace a la esencia de la actividad política, sobre todo de las organizaciones de los sectores más vulnerables. Los empresarios no necesitan marchar ni manifestarse en las calles, tienen línea directa con presidentes, jueces y legisladores para terciar a favor de sus propios intereses, con resultados harto ventajosos, como se acaba de ver en el Senado con la llamada ley bases.
Cuando se debatió la ley 26.374 en 2011, los diputados Patricia Bullrich, Eduardo Amadeo y Federico Pinedo –entre otros- emitieron su propio dictamen en el que las organizaciones nacionales se incluían entre aquellas que podían aterrorizar a la población.
Un argumento que se presta a confusiones, dado que la población no es homogénea, contiene sectores diversos y hasta opuestos. Es el ejemplo del tonto rey imaginario de Sui Generis que habla de su temor ante el levantamiento del pueblo hambriento mientras gritaba revolución. El terror del rey y su corte es opuesto al del pueblo. Y viceversa. Dicho de otro modo, el terror no es el mismo para los habitantes de los barrios carenciados que para los banqueros o los dueños de Techint, Pérez Companc o Black Rock.
Empresarios y dictadores sienten y sintieron terror ante el alzamiento de masas y así lo dejaron escrito en sus reglamentos, leyes y sentencias. Para dictaduras y autoritarios de distinto pelaje son terroristas todos aquellos que, de una forma u otra, tratan de organizar a la clase trabajadora cuestionando el status quo, mientras que para buena parte de las sociedades atacadas por las dictaduras burguesas el terror se tradujo en torturas, desapariciones, violaciones y muertes en los campos de exterminio.
El proyecto de Bullrich y compañía sostenía que la norma debía incluir a las organizaciones nacionales, sobre todo al cuestionar a la seguridad del Estado, y buscaba expresamente calificar de terrorismo a las organizaciones sociales. Pasaron trece años de ese debate y hoy surge nuevamente dando a Bullrich el poder de incluir en el Repte a los sectores que quieren doblegar, luego de demonizarlos a través de sus operadores mediáticos, ahogarlos económicamente como dijo Sturzenegger y ejecuta Pettovello, perseguirlos y encarcelarlos como quiere Bullrich. Mielísmo puro, para tranquilidad de la verdadera casta, que hoy celebra la decisión del Senado, la represión ilegal sobre los manifestantes y la persecución judicial que encabeza Bullrich con el fiscal Carlos Stornelli.
Fuente: pagina12.com.ar